2 oct 2015

Convocatoria de elecciones a Presidente de la Cofradía

http://www.cofradiadelaconcha.com/boletines/2015/Boletinelecciones.pdf

COFRADÍA DE NUESTRA SEÑORA DE SAN ANTOLÍN O DE LA CONCHA

CONVOCATORIA DE JUNTA GENERALES EXTRAORDINARIA PARA LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE

FECHA: 6 de noviembre de 2015.
HORA: A las 20’00 horas en 1ª convocatoria y las 20’15 en 2ª convocatoria.
LUGAR: Salón de Actos de la Junta Pro Semana Santa, Calle Madre Bonifacia Rodríguez de Castro (antigua Calle Orejones), nº 20. Zamora.

ORDEN DEL DÍA:
1º Elección de Presidente.


CONDICIONES REQUERIDAS A LOS CANDIDATOS
Podrán presentarse como candidatos a Presidente todos los miembros de la Cofradía mayores de 18 años de edad, que tengan una antigüedad en la misma de al menos 10 años

AVALES QUE DEBEN PRESENTAR LOS CANDIDATOS
Los candidatos a Presidente deberán acompañar a su solicitad el aval de al menos 20 miembros de la cofradía, en el que figure el nombre y apellidos del avalista, el número de su Documento Nacional de Identidad y su firma. Dichos avales podrán presentarse individualmente o de forma conjunta en una o más hojas. Los miembros de la Cofradía podrán avalar a más de un candidato.

PRESENTACIÓN DE LAS CANDIDATURAS
Los candidatos a Presidente deben enviar sus candidaturas al Secretario de la Cofradía por correo certificado y, como mínimo, con cinco días de antelación a la fecha de celebración de la elección; siendo por tanto la fecha límite de envío el día 1 de noviembre de 2015. Se considerarán válidas las candidaturas selladas hasta esa fecha inclusive
Acompañando a la candidatura se deberán presentar en el interior del sobre  los 20 avales.
En el anverso del sobre en el que se envíe la candidatura figurará:

D. Juan Carlos Izquierdo Domínguez
Secretario de la Cofradía de Nuestra Señora de San Antolín o de la Concha.
Apartado de Correos 102
49080 Zamora

Y en el reverso del mismo figurará al menos el nombre y apellidos del aspirante y la palabra Candidatura.

ASISTENCIA A LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIÓN DE PRESIDENTE
Podrán asistir a la misma todos los miembros de la Cofradía, pero sólo podrán participar en la elección los mayores de 18 años.
Según se contempla en los vigentes Estatutos el voto será presencial, no pudiendo delegarse el voto ni emitirse votos por correo o medios electrónicos.
Para ejercer el derecho al voto se requerirá la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro documento acreditativo.

CONSTITUCIÓN DE LA MESA ELECTORAL
La Junta General se iniciará con el rezo de las preces y bajo la presidencia del Presidente, acompañado del Capellán, si así lo desea, y del Secretario de la Cofradía, que dará fe del proceso electoral.
A continuación, se nombrarán como miembros de la mesa electoral entre los cofrades asistentes, mayores de 18 años, al de más edad y al de menos edad respectivamente.
Abandonando a partir de esos momentos el Presidente dicha mesa, dejando de participar en la misma.

APERTURA Y VALIDACIÓN DE LAS CANDIDATURAS
Constituida la mesa electoral de edad, el Secretario de la Cofradía procederá a la apertura de las candidaturas presentadas, comprobando que cumplen los requisitos establecidos de edad, antigüedad y avales; validando las candidaturas que los cumplan y anulando aquellas que no cumplan alguno de los requisitos.
Tras lo cual se procederá a la votación de elección de Presidente.
Caso de no haberse presentado ninguna candidatura, se dará por concluida la Junta General Extraordinaria; y se convocará antes del 30 de enero de 2016, fecha en que finaliza el mandato del actual Presidente, una nueva Junta General Extraordinaria de elección de Presidente.

FORMA DE ELECCIÓN
La elección se realizará mediante la introducción de una papeleta habilitada al efecto, en la que se anotará el nombre del candidato por el que se opta, en una urna.

RECUENTO DE VOTOS Y PROCLAMACIÓN DE GANADOR:
Finalizada la votación, se procederá al recuento de los votos por los miembros de la mesa de edad, proclamándose Presidente al candidato que haya obtenido mayor número de votos, siempre que estos representen al menos la mitad más uno de los emitidos.
En caso contrario, se repetirá la votación.
Si ningún candidato tampoco ha obtenido la mayoría absoluta de los votos, se hará una nueva votación sobre los dos candidatos que hubieran obtenido el mayor número de votos, o si son más, sobre los dos de más edad. Si persiste el empate después del tercer escrutinio, queda elegido el candidato de más edad.

PETICIÓN DE CONFIRMACIÓN AL SEÑOR OBISPO
El candidato elegido como Presidente por la Asamblea General Extraordinaria deberá ser confirmado por el Señor Obispo de la Diócesis.
El elegido pedirá esta confirmación personalmente o por medio de otro en un plazo de ocho días hábiles, a partir del día de la elección.
A este fin, por el Secretario de la Cofradía se certificará en el plazo máximo de 48 horas el resultado de la elección y se entregará al elegido.

CONTINUACIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA EN FUNCIONES
Hasta que el nuevo Presidente no sea confirmado por el Señor Obispo la elección no surte efectos, por lo cual la Junta Directiva seguirá en funciones hasta esos momentos, llevando a cabo sólo aquellas acciones que sean precisas para el funcionamiento de la Cofradía y el culto a la Santísima Virgen.
Una vez que el nuevo Presidente sea confirmado por el Señor Obispo, la Junta Directiva cesará en sus funciones, haciendo entrega al nuevo Presidente de todos los bienes, documentos, cuentas y enseres de la Cofradía, firmándose por duplicado las actas de entrega.

ARTÍCULOS DE LOS ESTATUTOS RELACIONADOS CON LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE DE LA COFRADÍA:

Artículo 5º: Derechos y obligaciones (de los miembros de la Cofradía).
Todos los miembros de la Cofradía tienen los mismos derechos y obligaciones, salvo aquellos que no puedan ser alcanzados por no tener la mayoría de edad y por las excepciones que se contemplan en estos Estatutos.
Derechos:
a)      Participar con voz y los mayores de 18 años con voto en las Asambleas Generales.
b)      Ser elegido para los diversos cargos directivos. Para ello, será necesario haber cumplido la mayoría de edad (18 años) y tener una antigüedad en la Cofradía de dos años. Para aspirar a la Presidencia será preciso un mínimo de 10 años de antigüedad.
Artículo 10º. Asamblea General.
La Asamblea o Junta General es el órgano supremo de la Cofradía y estará constituida por los cofrades que se encuentren en el pleno uso de sus derechos. Se celebrará dos veces al año. La primera, el 25 de abril o en una fecha cercana, y, la segunda, el Domingo de Pentecostés, previa comunicación de lugar, fecha y hora, mediante citación a todos los hermanos. Asimismo, podrán celebrarse Asambleas o Juntas Generales Extraordinarias cuando la Junta Directiva lo estime conveniente o a petición de, al menos, el cinco por ciento de los hermanos con derecho a voto. La convocatoria será al menos con quince días de antelación.
En las Asambleas Generales tendrán voz todos los Hermanos y voto los mayores de 18 años. Las votaciones serán a mano alzada, salvo que la Asamblea decida que la votación sea secreta.
Artículo 13º: Presidente.
Corresponde al Presidente la representación legal de la Cofradía. Será elegido por la Asamblea General, debiendo ser confirmado por el Obispo de la Diócesis. El elegido pedirá esta confirmación personalmente o por medio de otro en un plazo de ocho días hábiles, a partir del día de la elección. Hasta que no sea confirmado por el Obispo la elección no surte efectos.
Artículo 14º: Elecciones a Presidente.
La convocatoria de Asamblea General Extraordinaria de elección a Presidente debe hacerse con una antelación mínima de 25 días naturales a la fecha de celebración, señalándose en la misma las condiciones requeridas a los candidatos y que las candidaturas que se presenten han de estar avaladas por un mínimo de veinte hermanos.
Los candidatos a Presidente, deben enviar sus candidaturas por correo certificado y, como mínimo, con cinco días de antelación a la fecha de celebración de la elección. El sobre en que figure la candidatura será dirigido al Secretario de la Cofradía y, en el reverso del mismo, figurará el nombre y apellidos del aspirante y la palabra Candidatura.
Será elegido el candidato que obtenga el mayor número de votos. Las candidaturas que no cumplan las condiciones exigidas (diez años de antigüedad en la Cofradía y aval mínimo de veinte hermanos) serán anuladas.
Los sobres que contengan las candidaturas serán abiertos por la Mesa Presidencial.
La duración del mandato será de cinco años y sólo podrá ser reelegido por dos mandatos consecutivos más.

ARTÍCULOS DEL ESTATUTO-MARCO PARA LAS COFRADIA. DIÓCESIS DE ZAMORA RELACIONADOS CON LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE DE LA COFRADÍA:

Artículo 8º. Convocatorias de asambleas.
En materia de elecciones, serán válidas cuando sean refrendadas por mayoría absoluta de los presentes. Después de dos escrutinios ineficaces, se ha de hacer la votación sobre los dos candidatos que hubieran obtenido el mayor número de votos, o si son más, sobre los de más edad. Si persiste el empate después del tercer escrutinio, queda elegido el de más edad. A no ser que los estatutos digan lo contrario, queda excluida la facultad de votar por carta o por procurador.

Zamora, 25 de septiembre de 2015.
                El Secretario, Juan Carlos Izquierdo
 





No hay comentarios:

Publicar un comentario