COFRADÍA DE
NUESTRA SEÑORA DE SAN ANTOLÍN O DE LA CONCHA
CONVOCATORIA DE JUNTA GENERALES EXTRAORDINARIA PARA LA ELECCIÓN DE
PRESIDENTE
FECHA: 6 de noviembre de 2015.
HORA: A las 20’00 horas en 1ª
convocatoria y las 20’15 en 2ª convocatoria.
LUGAR: Salón de Actos de la Junta Pro
Semana Santa, Calle Madre Bonifacia Rodríguez de Castro (antigua Calle Orejones),
nº 20. Zamora.
ORDEN DEL DÍA:
1º Elección de Presidente.
CONDICIONES REQUERIDAS A LOS CANDIDATOS
Podrán presentarse como candidatos a
Presidente todos los miembros de la Cofradía mayores de 18 años de edad, que
tengan una antigüedad en la misma de al menos 10 años
AVALES QUE DEBEN PRESENTAR LOS
CANDIDATOS
Los candidatos a Presidente deberán
acompañar a su solicitad el aval de al menos 20 miembros de la cofradía, en el
que figure el nombre y apellidos del avalista, el número de su Documento
Nacional de Identidad y su firma. Dichos avales podrán presentarse
individualmente o de forma conjunta en una o más hojas. Los miembros de la
Cofradía podrán avalar a más de un candidato.
PRESENTACIÓN DE LAS CANDIDATURAS
Los candidatos a
Presidente deben enviar sus candidaturas al Secretario de la Cofradía por
correo certificado y, como mínimo, con cinco días de antelación a la fecha de
celebración de la elección; siendo por tanto la fecha límite de envío el día 1
de noviembre de 2015. Se considerarán válidas las candidaturas selladas hasta
esa fecha inclusive
Acompañando a la
candidatura se deberán presentar en el interior del sobre los 20 avales.
En el anverso del
sobre en el que se envíe la candidatura figurará:
D. Juan Carlos Izquierdo Domínguez
Secretario de la Cofradía de Nuestra Señora de San
Antolín o de la Concha.
Apartado de Correos 102
49080 Zamora
Y en el reverso
del mismo figurará al menos el nombre y apellidos del aspirante y la palabra
Candidatura.
ASISTENCIA A LA ASAMBLEA GENERAL
EXTRAORDINARIA DE ELECCIÓN DE PRESIDENTE
Podrán asistir a la misma todos los
miembros de la Cofradía, pero sólo podrán participar en la elección los mayores
de 18 años.
Según se contempla en los vigentes
Estatutos el voto será presencial, no pudiendo delegarse el voto ni emitirse
votos por correo o medios electrónicos.
Para ejercer el derecho al voto se
requerirá la presentación del Documento Nacional de Identidad o cualquier otro
documento acreditativo.
CONSTITUCIÓN DE LA MESA ELECTORAL
La Junta General se iniciará con el
rezo de las preces y bajo la presidencia del Presidente, acompañado del
Capellán, si así lo desea, y del Secretario de la Cofradía, que dará fe del
proceso electoral.
A continuación, se nombrarán como
miembros de la mesa electoral entre los cofrades asistentes, mayores de 18
años, al de más edad y al de menos edad respectivamente.
Abandonando a partir de esos momentos
el Presidente dicha mesa, dejando de participar en la misma.
APERTURA Y VALIDACIÓN DE LAS
CANDIDATURAS
Constituida la mesa electoral de edad,
el Secretario de la Cofradía procederá a la apertura de las candidaturas
presentadas, comprobando que cumplen los requisitos establecidos de edad,
antigüedad y avales; validando las candidaturas que los cumplan y anulando
aquellas que no cumplan alguno de los requisitos.
Tras lo cual se procederá a la votación
de elección de Presidente.
Caso de no haberse presentado ninguna
candidatura, se dará por concluida la Junta General Extraordinaria; y se
convocará antes del 30 de enero de 2016, fecha en que finaliza el mandato del
actual Presidente, una nueva Junta General Extraordinaria de elección de
Presidente.
FORMA DE ELECCIÓN
La elección se realizará mediante la
introducción de una papeleta habilitada al efecto, en la que se anotará el
nombre del candidato por el que se opta, en una urna.
RECUENTO DE VOTOS Y PROCLAMACIÓN DE
GANADOR:
Finalizada la votación, se procederá al
recuento de los votos por los miembros de la mesa de edad, proclamándose
Presidente al candidato que haya obtenido mayor número de votos, siempre que
estos representen al menos la mitad más uno de los emitidos.
En caso contrario, se repetirá la
votación.
Si ningún candidato tampoco ha obtenido
la mayoría absoluta de los votos, se hará una nueva votación sobre los dos candidatos que hubieran obtenido el
mayor número de votos, o si son más, sobre los dos de más edad. Si persiste el
empate después del tercer escrutinio, queda elegido el candidato de más edad.
PETICIÓN DE CONFIRMACIÓN AL SEÑOR
OBISPO
El candidato elegido como Presidente
por la Asamblea General Extraordinaria
deberá ser confirmado por el Señor Obispo de la Diócesis.
El elegido pedirá
esta confirmación personalmente o por medio de otro en un plazo de ocho días
hábiles, a partir del día de la elección.
A este fin, por
el Secretario de la Cofradía se certificará en el plazo máximo de 48 horas el
resultado de la elección y se entregará al elegido.
CONTINUACIÓN DE
LA JUNTA DIRECTIVA EN FUNCIONES
Hasta que el
nuevo Presidente no sea confirmado por el Señor Obispo la elección no surte
efectos, por lo cual la Junta Directiva seguirá en funciones hasta esos
momentos, llevando a cabo sólo aquellas acciones que sean precisas para el
funcionamiento de la Cofradía y el culto a la Santísima Virgen.
Una vez que el
nuevo Presidente sea confirmado por el Señor Obispo, la Junta Directiva cesará
en sus funciones, haciendo entrega al nuevo Presidente de todos los bienes,
documentos, cuentas y enseres de la Cofradía, firmándose por duplicado las
actas de entrega.
ARTÍCULOS DE LOS ESTATUTOS RELACIONADOS CON LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE DE
LA COFRADÍA:
Artículo 5º: Derechos y obligaciones (de los miembros de la Cofradía).
Todos los miembros de la Cofradía tienen los mismos derechos y
obligaciones, salvo aquellos que no puedan ser alcanzados por no tener la
mayoría de edad y por las excepciones que se contemplan en estos Estatutos.
Derechos:
a)
Participar con voz y los mayores de 18 años con voto en las Asambleas
Generales.
b)
Ser elegido para los diversos cargos directivos. Para ello, será
necesario haber cumplido la mayoría de edad (18 años) y tener una antigüedad en
la Cofradía de dos años. Para aspirar a la Presidencia será preciso un mínimo
de 10 años de antigüedad.
…
Artículo 10º. Asamblea General.
La Asamblea o Junta General es el órgano supremo de la Cofradía y
estará constituida por los cofrades que se encuentren en el pleno uso de sus
derechos. Se celebrará dos veces al año. La primera, el 25 de abril o en una
fecha cercana, y, la segunda, el Domingo de Pentecostés, previa comunicación de
lugar, fecha y hora, mediante citación a todos los hermanos. Asimismo, podrán
celebrarse Asambleas o Juntas Generales Extraordinarias cuando la Junta
Directiva lo estime conveniente o a petición de, al menos, el cinco por ciento
de los hermanos con derecho a voto. La convocatoria será al menos con quince
días de antelación.
En las Asambleas Generales tendrán voz todos los Hermanos y voto los
mayores de 18 años. Las votaciones serán a mano alzada, salvo que la Asamblea
decida que la votación sea secreta.
Artículo 13º: Presidente.
Corresponde al Presidente la representación legal de la Cofradía. Será
elegido por la Asamblea General, debiendo ser confirmado por el Obispo de la
Diócesis. El elegido pedirá esta confirmación personalmente o por medio de otro
en un plazo de ocho días hábiles, a partir del día de la elección. Hasta que no
sea confirmado por el Obispo la elección no surte efectos.
Artículo 14º: Elecciones a Presidente.
La convocatoria de Asamblea General Extraordinaria de elección a
Presidente debe hacerse con una antelación mínima de 25 días naturales a la
fecha de celebración, señalándose en la misma las condiciones requeridas a los
candidatos y que las candidaturas que se presenten han de estar avaladas por un
mínimo de veinte hermanos.
Los candidatos a Presidente, deben enviar sus candidaturas por correo
certificado y, como mínimo, con cinco días de antelación a la fecha de
celebración de la elección. El sobre en que figure la candidatura será dirigido
al Secretario de la Cofradía y, en el reverso del mismo, figurará el nombre y
apellidos del aspirante y la palabra Candidatura.
Será elegido el candidato que obtenga el mayor número de votos. Las
candidaturas que no cumplan las condiciones exigidas (diez años de antigüedad
en la Cofradía y aval mínimo de veinte hermanos) serán anuladas.
Los sobres que contengan las candidaturas serán abiertos por la Mesa
Presidencial.
La duración del mandato será de cinco años y sólo podrá ser reelegido
por dos mandatos consecutivos más.
ARTÍCULOS DEL ESTATUTO-MARCO PARA LAS COFRADIA. DIÓCESIS DE ZAMORA
RELACIONADOS CON LA ELECCIÓN DE PRESIDENTE DE LA COFRADÍA:
Artículo 8º. Convocatorias de asambleas.
…
En materia de elecciones, serán válidas cuando sean refrendadas por
mayoría absoluta de los presentes. Después de dos escrutinios ineficaces, se ha
de hacer la votación sobre los dos candidatos que hubieran obtenido el mayor
número de votos, o si son más, sobre los de más edad. Si persiste el empate
después del tercer escrutinio, queda elegido el de más edad. A no ser que los
estatutos digan lo contrario, queda excluida la facultad de votar por carta o
por procurador.
Zamora, 25 de septiembre de 2015.
El
Secretario, Juan Carlos Izquierdo
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